Reglamento Obligatorio de uso de la Piscina y Zona Húmeda
Envigado - Antioquia,
Agosto de 2012
El siguiente reglamento se establece para tener control individualizado del uso y del riesgo de los usuarios de la piscina y las zonas húmedas. Esto permitirá controlar riesgos como el abuso de las instalaciones, convivencia, accidentes, higiene y hacinamiento entre otros que defina la ley. La base del cumplimiento de este reglamento es la Ley, la Ética Colectiva de la Responsabilidad y las sanciones derivadas del incumplimiento de cada norma.
Este reglamento es de estricto cumplimiento para los usuarios, la administración y el personal de vigilancia y aseo.
NORMAS DE COMPORTAMIENTO PARA EL USO CORRECTO DE LA PISCINA
1. El horario de la piscina es de martes a viernes de 9:00am a 9:00pm, sábados, domingos y festivos de 9:00am a 8:00pm.
a. Los lunes o martes cuando sea puente festivo la piscina no estará en servicio por asuntos de mantenimiento.
2. Cada Unidad Habitacional tiene derecho a un máximo de 2 INVITADOS NO RESIDENTES en el Conjunto Multifamiliar Quintas del Palmar.
a. No habrá invitados por persona, solamente habrá invitados por cada Unidad Habitacional.
b. No se permite el ingreso de personas NO residentes en el Conjunto Multifamiliar Quintas del Palmar sin que estén acompañados del Residente que los invitó.
c. Residentes de 4 o mas cuotas de atraso en administración no podrán hacer uso de las zonas húmedas.
3. El ingreso a la piscina y zonas húmedas se hará por el área designada, el incumplimiento de esta norma acarreara sanciones económicas.
4. De un buen uso al mobiliario de la zona, el mal uso por parte de los usuarios, tendrá llamados de atención, verbales, escritos y multas económicas.
5. Niños menores de 12 años (inclusive), deberán estar acompañados por sus padres o un adulto.
6. No esta permitido el ingreso de comidas y bebidas dentro de la piscina y de la zona húmeda.
7. Está terminantemente prohibido por este reglamento y por la ley el consumo de cigarrillos, bebidas alcohólicas, drogas o sustancias alucinógenas.
8. Es responsabilidad del padre o adulto del comportamiento de los menores de edad.
9. Para ingresar a la piscina o zona húmeda debe retirarse del cuerpo anillos, cadenas y aretes de fácil desprendimiento ya que estos dañan los filtros.
10. Las conversaciones obscenas y el uso del lenguaje vulgar, atentan contra el respeto, la convivencia, los valores morales y los valores éticos, dichas prácticas acarrean sanciones.
11. Se prohíbe el ingreso a la piscina y zona húmeda, de envases de vidrio y utensilios de metal, así como el ingreso de patines, patinetas, triciclos y bicicletas.
12. Se prohíbe lanzar todo tipo de objetos sólidos dentro de la piscina tales como piedras, monedas o bolas, entre otros.
13. No se permite el uso de la piscina por personas con heridas o infecciones en la piel y que puedan infectar a otros usuarios por vía acuática (herpes por ejemplo).
14. Esta totalmente prohibido el ingreso de mascotas a la piscina y la zona húmeda.
15. Utilice los servicios sanitarios cuando lo requiera, esto es de vital importancia para la salud de los demás y demuestra cultura.
16. Se prohíbe el ingreso y el uso en la piscina y zonas húmedas de: Amplificadores de sonidos, grabadoras, celulares con el audio exterior activado, masajeadores, entre otros artefactos, que generan resonancias que perturben la tranquilidad de los usuarios de las áreas húmedas.
17. Es obligatorio el uso de un traje de baño adecuado. No se permite el uso de pantalones cortos, pantalones recortados, pantalones de ciclista o tríalos ("tights"), "T-Shirts", ni tampoco ropa interior.
18. Antes de ingresar a la piscina o zona húmeda se debe duchar.
19. No se permite el uso de cremas bronceadoras dentro del agua.
20. Esta prohibido el uso de goma de mascar (chicle).
Notas:
A. Habrá sanciones disciplinarias y financieras por no cumplir con las normas establecidas para el uso de la piscina y zona húmeda, cualquier usuario que no cumpla con este reglamento tendrá que abandonar las instalaciones de la piscina y de la zona húmeda.
B. El Consejo de Administración determinará el tipo de multa y de sanción a quien infrinja el reglamento.
C. Las multas oscilarán entre 1/6 y 1/5 de un Salario Mínimo Legal Vigente, dependiendo de la gravedad de la infracción.
D. Los cobros por daños se harán directamente a través la cuota de administración.
E. Aquellas conductas o prácticas que infrinjan sustantivamente la Ley, serán investigadas o sancionadas por la instancia legal respectiva.
F. Los vigilantes y el piscinero tienen la obligación de solicitar apoyo policial cuando sea necesario.
G. Por Ley, los padres de los menores de edad son los directos responsables respecto a las multas o sanciones que se lleguen a derivar de sus actos.
Este reglamento se ubicará de manera visible y permanente en la Cartelera del Conjunto y se enviara a cada unidad habitacional de manera impresa o por correo electrónico.
Comuníquese y cúmplase
Consejo de Administración del
CONJUNTO MULTIFAMILIAR QUINTAS DEL PALMAR
Envigado-Antioquia, Agosto de 2012